El conflicto entre el municipio de Villa Gesell y nuestro Sindicato Médico AMRA data de hace muchísimo tiempo. Conflicto que nos ocasionó haber sido fuertemente perseguidos laboralmente con acciones autoritarias por parte del ejecutivo municipal. Incluso con el repudiable ingreso por la fuerza por parte del intendente Gustavo Barrera a un quirófano con ropa de calle mientras el personal de salud realizaba una intervención quirúrgica. El resultado de aquel bochornoso hecho fue la agresión a una asistente y a un médico cirujano.

Con todo y como parte de este constante avasallamiento por parte del estado municipal de Villa Gesell, hemos tenido que judicializar el petitorio para poder lograr el Código de Descuento que finalmente fue conseguido gracias a un fallo de la justicia. Hasta entonces, el empleador siempre se negó a la ejecución del giro de remesas de dichas cuotas al AMRA. Gracias a la sentencia judicial, el municipio debió abonar onerosas sumas debido a su constante incumplimiento.

El 20 de enero, desde AMRA solicitamos ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia el inicio de las negociaciones colectivas paritarias para el sector salud. Veinte días más tarde, el 11 de febrero, desde dicha cartera bonaerense intimaron al municipio a que constituya en el plazo de tres días, una comisión negociadora y fija, al mismo tiempo que fijaron audiencia negociadora para diez días más tarde. Con la excusa de que varios de sus representantes padecían Covid, la parte empleadora no se presentó a la audiencia que, obviamente, era virtual.

Tras esta situación de ausencia por parte del estado municipal, el ministerio entró en un período de ausencia o negligencia lo que conllevó a que los apoderados legales de nuestro Sindicato hicieran una presentación en el juzgado Contencioso Administrativo a cargo del juez Dr. Antonio Marcelino Escobar solicitando que se promueva un recurso de amparo bajo en los autos “Asociación de Médicos de la República Argentina c/ Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires s/ amparo por mora”.

Finalmente, hace algunos días, la justicia resolvió:

  1. Hacer lugar al amparo por mora promovido por AMRA y ordenar al ministerio de trabajo que resuelva las peticiones efectuadas en dicho expediente en el plazo de 30 días hábiles.
  2. Imponer las costas a la parte demandada habida cuenta de su condición de vencida.
  3. Por las tareas efectuadas, fijar honorarios a los profesionales actuantes.

Esta resolución es sin dudas un gran logro para AMRA en esta constante lucha por la dignificación del trabajo permanente e incansable del equipo de salud.

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