El Sindicato de Médicos de la República Argenitna (AMRA) Seccionales Norte, Centro y Sur de Santa Fe informa que en día de ayer, miércoles 22 de marzo, se llevó adelante una reunión entre representantes de nuestro Gremio y funcionarios del Ministerio de Seguridad de la Provincia.

Estuvieron presentes por el Poder Ejecutivo el Subsecretario de Seguridad Preventiva, Gustavo Puchetta, y la Jefa de Operaciones de la Policía de Santa Fe, Carina Degrá, mientras que por nuestra entidad participaron el Secretario General AMRA Nacional, Dr. Eduardo Taboada, la Dra. Sandra Barbieri, el Dr. Néstor Rossi y el Asesor legal de la institución, Dr. Gustavo Montemartini.

El cónclave, más allá del diálogo ameno entre las partes en el marco de una reunión de carácter formal, sirvió para que los representantes de nuestro gremio eleven un petitorio para solicitar varios puntos que resultan de urgente tratamiento:

MODIFICACION AL CODIGO DE FALTAS (Ley 10.703), Proyecto de autoría del AMRA, que se requiere urgente elevación por parte del Poder Ejecutivo y que propicia la incorporación del Capítulo III al Código de Faltas: “El que invocando un vínculo con un alumno, en un caso, o con un paciente o familiar del mismo, dentro de un establecimiento educativo de gestión pública o privada al que éste concurre, o en las inmediaciones del mismo, en el primer caso o dentro de un efector de salud, o sanatorio privado, en el segundo, realice alguna de las siguientes acciones: a) Hostigue, maltrate o menosprecie a un trabajador de la educación o a un profesional de la salud. b) Insulte a un trabajador de la educación o de la salud, o provoque escándalo. c) Ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la educación o de la salud. d) Arroje contra un trabajador de la educación o de la salud, o contra un bien de utilidad educativa o de la salud, elementos de cualquier naturaleza. e) Ingrese sin autorización a un establecimiento educativo o de la salud y no se retire a requerimiento del personal docente o de salud. f) Perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función sea educativa o de salud. En tal sentido, se puntualiza que se preverá una pena consistente en el arresto de diez (10) a cuarenta (40) días”.

RESTRICCIÓN DE ACCESO A HOSPITALES Y SAMCO: en horas nocturnas, cerrando los accesos principales y dando la posibilidad de ingreso por las guardias con seguridad garantizada y la implementación de detectores de metales.
Los destacamentos establecidos en los diferentes efectores deberían, también, contar con personal idóneo, no administrativo, con suficientes facultades, instrucciones y verdadero poder de policía ante hechos de violencia.

MÉDICOS DE POLICÍA:
La tarea del médico de guardia, ante un paciente traído por la fuerza pública, se limita a constatar lesiones y emitir los certificados y labrar historias clínicas, no así a intervenir en el sumario policial no realizar tareas inherentes al médico de policía.

Los funcionarios del Ministerio de Seguridad se comprometieron a trabajar desde su área con los distintos bloques de la Legislatura a los fines de poder darle celeridad a nuestra petición, particularmente en los puntos remarcados en mayúscula, los cuales consideramos trascendentes, y a su vez se nos confirmó que en los próximos días dicho Ministerio incorporará nuevos médicos de policía a fin de respetar las tareas inherentes a cada profesional.

Como Gremio representante de todos los profesionales de salud valoramos la buena predisposición de ambos funcionarios del Poder Ejecutivo esperando que se pueda avanzar en los temas planteados a los fines de darle una respuesta a una gran cantidad de compañeros que día a día, en el ámbito laboral, tienen que atravesar por situaciones muy ingratas.

“DONDE HAYA UN PROFESIONAL DE LA SALUD, ESTARÁ EL SINDICATO”

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