Agotamiento prematuro
En el marco de la implementación del decreto 598/15, recientemente dictaminado, se materializó un reclamo nuestro. Si bien el mismo generó un derecho para los trabajadores profesionales de la Salud de los hospitales provinciales, genera por otra parte, una serie de inequidades que solicitamos se traten inmediatamente a fin de ser resueltas.
A saber:
- El decreto no permite optar a todos aquellos que pasaron los límites temporales (25serv. -50 edad) a irse por uno u otro régimen.
- Se les pretende hacer cargo deudor sobre la totalidad de los años trabajados cuando en realidad la norma establece como requisito el de 25 años de servicio para obtener el beneficio.
- No contempla a aquellos trabajadores de la salud de hospitales que fueron provincializados, dado que la norma (art. 3) dice 25 años planta permanente o temporaria.
Muchos de nuestros compañeros que hoy han alcanzado los límites legales para obtener dicho beneficio, consideramos no deberían realizar un aporte extraordinario. A lo sumo deberían compensar solo ese valor con los años aportados excedentes a los 25 años de antigüedad. En este caso, formularle al trabajador médico un cargo deudor constituye una arbitrariedad.
En su momento AMRA planteó por estos mismos motivos que fuera optativa la adhesión a este nuevo regimen.
Nuestro sindicato le envió al Ministro de Salud, Dr Alejandro Collia; al Ministro de Trabajo, Dr. Oscar Cuartango y con copia al señor gobernador Daniel Scioli, una carta en la cual expresamos lo anterior con la finalidad de debatir estos hechos, que entendemos incongruentes y que solucionados serían parte de una medida más justa que pondría en un pie de igualdad al conjunto de los profesionales.
El próximo martes 20 de octubre realizaremos un Plenario de Seccionales de la Provincia de Buenos Aires para seguir profundizando el debate interno con nuestros afiliados y ver la forma de continuar con el reclamo de esta controvertida situación.